RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA 62-2020/SUNAT, publicado el 25.03.2020
Se establece por excepción que, las entidades de la administración pública que contraten personas naturales que generan rentas de cuarta categoría para efecto del Impuesto a la Renta para atender la emergencia sanitaria declarada por el Decreto Supremo N° 008-2020-SA durante el período de aislamiento social obligatorio (cuarentena), podrán tramitar la inscripción en el RUC ante la SUNAT de aquellas que se identifiquen con DNI, para lo cual deberán ceñirse a lo dispuesto en esta resolución.
Fuente: Diario Oficial El Peruano