RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA 65-2020/SUNAT, Publicado el 30.3.2020
Se establece la necesidad de modificar las facilidades otorgadas por la Resolución de Superintendencia Nº 055-2020/SUNAT a fin de tener en cuenta el nuevo universo contemplado en la Resolución de Superintendencia Nº 061-2020/SUNAT, así como la prórroga del Estado de Emergencia Nacional y de la medida de aislamiento social (cuarentena).
Que, de otro lado, mediante el artículo 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 058-2020/SUNAT se reemplazaron algunas de las causales de pérdida del aplazamiento y/o fraccionamiento y del refinanciamiento previstas en el Reglamento de aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributaria por tributos internos aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 161-2015/SUNAT y en la Resolución de Superintendencia Nº 190-2015/SUNAT, siendo conveniente modificar el referido artículo teniendo en cuenta la prórroga de la cuarentena hasta el 12 de abril de 2020.
Por tal motivo, se modifica:
- Resolución de Superintendencia 55-2020/SUNAT, referente a obligaciones tributarias.
- Las facilidades adicionales por efecto de la ampliación de la medida de aislamiento social.
- La Resolución de Superintendencia 58-2020/SUNAT, referente al aplazamiento y/o fraccionamiento y/o refinanciamiento.
Fuente: Diario Oficial El Peruano