ESTABLECE MEDIDAS PARA LAS MYPES, MEDIANTE SU FINANCIAMIENTO A TRAVÉS DE EMPRESAS DE FACTORING

ESTABLECE MEDIDAS PARA LAS MYPES, MEDIANTE SU FINANCIAMIENTO A TRAVÉS DE EMPRESAS DE FACTORING

DECRETO DE URGENCIA 040-2020, publicado el 17.04.2020

 

El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, para promover el financiamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME) que vienen siendo afectadas económicamente por la propagación del COVID-19 en el país, a través de las empresas de factoring comprendidas y no comprendidas en el ámbito de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (en adelante, “Empresas de Factoring”).

Al respecto, se establece en sus artículos:

  • Condiciones de las Empresas de Factoring para acceder a operaciones en el marco del Fondo CRECER
  • Requisitos de elegibilidad de las Empresas de Factoring para coberturas del Fondo CRECER
  • Criterios de la cobertura que otorga el Fondo CRECER
  • Requisitos de elegibilidad de las Empresas de Factoring para líneas de crédito con recursos del Fondo CRECER
  • Criterios para el otorgamiento de líneas de crédito con recursos del Fondo CRECER
  • Plazo de las coberturas y líneas de crédito
  • Implementación operativa

El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.

 

 

Ver Decreto

Fuente: Diario Oficial El Peruano

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