SE ESTABLECEN DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS SOBRE EL ROL DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DE TRABAJO Y LA SUNAFIL EN RELACIÓN CON LA SUSPENSIÓN PERFECTA

SE ESTABLECEN DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS SOBRE EL ROL DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DE TRABAJO Y LA SUNAFIL EN RELACIÓN CON LA SUSPENSIÓN PERFECTA

DECRETO SUPREMO 12-2020-TR, publicado el 30.04.2020

El presente decreto supremo tiene por objeto establecer disposiciones complementarias al Decreto de Urgencia N° 038-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores ante el COVID-19 y otras medidas, y adicionales al Decreto Supremo N° 011-2020-TR, sobre el rol de la Autoridad Administrativa de Trabajo y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, en relación con la suspensión perfecta de labores regulada en el mencionado decreto de urgencia.

Asimismo, es aplicable a la Autoridad Administrativa de Trabajo, de ámbito nacional y regional, que tramita comunicaciones de suspensión perfecta de labores presentadas por los empleadores del sector privado en virtud de lo dispuesto en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 038-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores ante el COVID-19 y otras medidas; así como a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL.

Ver Decreto

Fuente: Diario Oficial El Peruano

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