RESOLUCIÓN MINISTERIAL 23-2020-EF/15, publicado el 19/1/2020
La presente norma establece el tipo de cambio en S/ 3,364 por dólar americano, para los sujetos obligados al pago de la Regalía, que lleven su contabilidad en moneda nacional.
En consecuencia, los rangos establecidos en el artículo 5 de la Ley Nº 28258, Ley de Regalía Minera convertidos a moneda nacional son los siguientes:
Rango | % Regalía | |
Primer rango | Hasta S/ 201 840 000,00 | 1% |
Segundo rango | Por el exceso de S/ 201 840 000,00 hasta S/ 403 680 000,00 | 2% |
Tercer rango | Por el exceso de S/ 403 680 000,00 | 3% |
Fuente: Diario Oficial El Peruano