Las rentas de fuente extranjera más comunes son los intereses por depósitos en el exterior, ganancias por inversiones en el exterior y arrendamiento de un predio en el extranjero.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) inició una campaña inductiva dirigida a las personas naturales que obtienen rentas de fuente extranjera para que cumplan con la obligación de presentar la declaración y el pago del Impuesto a la Renta.
Se considera renta de fuente extranjera aquella obtenida por ciudadanos peruanos o extranjeros domiciliados en el Perú; por ejemplo, por alquilar un inmueble ubicado en el extranjero. También los intereses obtenidos por depósitos bancarios en entidades financieras del exterior, y la renta obtenida por el trabajo personal llevado a cabo fuera del país.
Fuente: Diario El Comercio