RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS 046-2020-SUNARP/SN, publicado el 9.05.2020
Autorizar la presentación electrónica, mediante el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP – SID SUNARP, de los partes notariales de Constitución de Hipoteca, en el Registro de Predios; de Constitución de Asociación, en el Registro de Personas Jurídicas; de Separación de Patrimonio, de Sustitución del Régimen Patrimonial, así como de Separación Convencional y Divorcio Ulterior, en el Registro Personal.
Lo señalado en el párrafo precedente es de aplicación a partir del 12 de mayo del 2020 y constituye un medio alternativo a la presentación de títulos en soporte papel para su inscripción.
Fuente: Diario Oficial El Peruano