INFORME N.º 000082-2023-SUNAT/7T0000, publicado el 4 de julio de 2023
En relación con la regla para calcular el límite a la deducción de gastos por intereses prevista en el numeral 1 del inciso a) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta, se consulta si la referencia a intereses que se hace en el citado numeral incluye la prima de rescate por la recompra de bonos que paga el emisor antes del vencimiento.
Después del análisis correspondiente, se concluye en el informe:
La recompra de bonos que paga el emisor antes del vencimiento a través de una prima de rescate, en tanto forma parte de la contraprestación que el emisor de los bonos paga al tenedor de estos por el financiamiento recibido, debe ser considerada para el cálculo del límite a la deducción de gastos por intereses prevista en el numeral 1 del inciso a) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta.
Fuente: Página Web de la SUNAT
https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2023/informe-oficios/i000082-2023-7T0000.pdf