DECRETO LEGISLATIVO 1481, publicado el 8.05.2020
El presente Decreto Legislativo tiene por objeto extender de manera excepcional el plazo de arrastre de pérdidas bajo el sistema a) de compensación de pérdidas previsto en el artículo 50 de la Ley, únicamente para la pérdida neta total de tercera categoría de fuente peruana registrada en el ejercicio gravable 2020, atendiendo al impacto en la economía nacional que genera en este año el aislamiento social obligatorio dispuesto en la declaratoria de Estado de Emergencia Nacional decretado frente a las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.
Fuente: Diario Oficial El Peruano