RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS 45-2020-SUNARP/SN, publicado el 28.04.2020
Mediante la presente resolución se disponer que, a partir del 25 de mayo de 2020, los partes notariales conteniendo el acto constitutivo de Sociedades Anónimas, Sociedades Anónimas Cerradas, Sociedades Comerciales de Responsabilidad Limitada y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada a inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y de la Oficina Registral del Callao, ambas de la Zona Registral N° IX – Sede Lima, se expidan con firma digital y se tramiten exclusivamente a través del Sistema de Intermediación Digital de la Sunarp (SID-SUNARP), en aplicación de lo dispuesto en la Décimo Tercera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo N° 1049.
Fuente: Diario Oficial El Peruano