DECRETO DE URGENCIA 040-2020, publicado el 17.04.2020
El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, para promover el financiamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME) que vienen siendo afectadas económicamente por la propagación del COVID-19 en el país, a través de las empresas de factoring comprendidas y no comprendidas en el ámbito de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (en adelante, “Empresas de Factoring”).
Al respecto, se establece en sus artículos:
- Condiciones de las Empresas de Factoring para acceder a operaciones en el marco del Fondo CRECER
- Requisitos de elegibilidad de las Empresas de Factoring para coberturas del Fondo CRECER
- Criterios de la cobertura que otorga el Fondo CRECER
- Requisitos de elegibilidad de las Empresas de Factoring para líneas de crédito con recursos del Fondo CRECER
- Criterios para el otorgamiento de líneas de crédito con recursos del Fondo CRECER
- Plazo de las coberturas y líneas de crédito
- Implementación operativa
El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.
Fuente: Diario Oficial El Peruano