REQUISITOS FITOSANITARIOS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO PARA LA IMPORTACIÓN DE SEMILLAS DE GIRASOL

REQUISITOS FITOSANITARIOS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO PARA LA IMPORTACIÓN DE SEMILLAS DE GIRASOL

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N°0007-2023-MIDAGRI-SENASA-DSV, publicado el 19 de julio de 2023

En el considerando de la presente resolución se indica que, ante el interés en importar a nuestro país semillas de girasol (Helianthus annus L.) de origen y procedencia de la República de Serbia, la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA emitió el Informe ARP N° 028-2021-MIDAGRI-SENASA-DSV-SARVF, con el propósito de contar con el sustento técnico que permita establecer los requisitos fitosanitarios para la importación del mencionado producto.

Que, de acuerdo al informe referido en el considerando precedente, la Subdirección de Cuarentena Vegetal de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA, ha establecido, a través de un proyecto de Resolución Directoral, los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación a nuestro país de semillas de girasol (Helianthus annus L.) de origen y procedencia de la República de Serbia garantizarán un nivel adecuado de protección y minimizarán el riesgo de ingreso de plagas cuarentenarias al país.

Por lo tanto, se establece en la resolución en cuestión, los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de semillas de girasol (Helianthus annuus L.) de origen y procedencia de la República de Serbia

Fuente: Diario Oficial EL Peruano

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/establecen-requisitos-fitosanitarios-de-cumplimiento-obligat-resolucion-directoral-n-0007-2023-midagri-senasa-dsv-2197097-1/

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