POSTERGAN LA OPORTUNIDAD DESDE LA CUAL DEBEN LLEVAR SUS REGISTROS EN EL SISTEMA INTEGRADO DE REGISTROS ELECTRÓNICOS LOS SUJETOS OBLIGADOS A ELLO A PARTIR DEL PERÍODO ABRIL DE 2024

POSTERGAN LA OPORTUNIDAD DESDE LA CUAL DEBEN LLEVAR SUS REGISTROS EN EL SISTEMA INTEGRADO DE REGISTROS ELECTRÓNICOS LOS SUJETOS OBLIGADOS A ELLO A PARTIR DEL PERÍODO ABRIL DE 2024

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 63-2024/SUNAT, publicado el 30 de marzo de 2024

Artículo 1.- Objeto

1.1. La presente resolución tiene por objeto postergar, del período abril de 2024 al período agosto de 2024, la oportunidad a partir de la cual deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras a través del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), los sujetos que se encuentren obligados a llevar los mencionados registros.

1.2. Para efecto de lo señalado en el párrafo anterior, se modifica:

a) La Resolución de Superintendencia N.o 000112-2021/SUNAT, que dicta nuevas disposiciones para el llevado del Registro de Ventas e Ingresos en forma electrónica y modifica resoluciones de superintendencia relacionadas con dicho tema; a la cual se hará referencia en el presente dispositivo como Resolución, y

b) La Resolución de Superintendencia N.o 000040-2022/SUNAT, que aprueba el Sistema Integrado de Registros Electrónicos y el Módulo para el llevado del Registro de Compras que se incorpora en dicho sistema.

Artículo 2.- Finalidad

La presente resolución tiene por finalidad facilitar la implementación del SIRE a los sujetos comprendidos en la postergación a que se alude en el artículo 1.

Fuente: Diario Oficial EL Peruano

https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2274394-1

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