RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 63-2024/SUNAT, publicado el 30 de marzo de 2024
Artículo 1.- Objeto
1.1. La presente resolución tiene por objeto postergar, del período abril de 2024 al período agosto de 2024, la oportunidad a partir de la cual deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras a través del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), los sujetos que se encuentren obligados a llevar los mencionados registros.
1.2. Para efecto de lo señalado en el párrafo anterior, se modifica:
a) La Resolución de Superintendencia N.o 000112-2021/SUNAT, que dicta nuevas disposiciones para el llevado del Registro de Ventas e Ingresos en forma electrónica y modifica resoluciones de superintendencia relacionadas con dicho tema; a la cual se hará referencia en el presente dispositivo como Resolución, y
b) La Resolución de Superintendencia N.o 000040-2022/SUNAT, que aprueba el Sistema Integrado de Registros Electrónicos y el Módulo para el llevado del Registro de Compras que se incorpora en dicho sistema.
Artículo 2.- Finalidad
La presente resolución tiene por finalidad facilitar la implementación del SIRE a los sujetos comprendidos en la postergación a que se alude en el artículo 1.
Fuente: Diario Oficial EL Peruano